Director Nacional
Roberto Cerri López, Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad
Roberto Cerri López asumió la Secretaría Ejecutiva del Fondo Nacional de la Discapacidad el 1 de junio del año 2007, nombrado por la Presidenta Michelle Bachelet después de un concurso público realizado a través del Sistema de Alta Dirección Pública.
Estudió en la Universidad de Chile, donde se tituló de Ingeniero Comercial. Además, cuenta con un postgrado en Administración y Gestión Pública y un diplomado en Políticas Públicas.
Durante el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle fue Tesorero General de la República.
También fue jefe del proyecto que elaboró el Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado (SIGFE), dependiente de la Dirección de Presupuestos y ha trabajado como consultor internacional del Banco Mundial y académico de las universidades de Chile y de Santiago.
Antes de su designación como Secretario Ejecutivo de Fonadis y desde 2004 Roberto Cerri López se desempeñaba como profesional en la Subdirección de Desarrollo de las Personas de la Dirección Nacional del Servicio Civil.
Al momento de su nombramiento, Roberto Cerri, señaló que este nombramiento es un agrado y un desafío no sólo como parte de su desarrollo profesional, sino por un tema afectivo, “porque yo pertenezco a ese mundo de la discapacidad, un mundo que es transversal, un mundo que tiene tres grandes dimensiones: por un lado tenemos el problema de salud gatillante de la misma, por otro tenemos un tema de accesibilidad y finalmente tenemos un tema cultural. Son tres dimensiones que hay que manejarlas simultáneamente. Nuestra institución tiene como desafío enfrentar esta realidad”, señaló.
Funciones del Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad:
El Director Nacional es el representante legal, judicial y extrajudicial del Servicio, y tiene como función:
- Cumplir y hacer cumplir los acuerdos e instrucciones del Consejo y realizar los actos y funciones que éste le delegue en el ejercicio de sus atribuciones;
- Proponer al Consejo el programa anual de acción del Fondo, así como cualesquiera otras materias que requieran del estudio o resolución del Consejo;
- Preparar el proyecto de presupuesto del Fondo para someterlo al Consejo; ejecutar el que definitivamente se apruebe y proponer las modificaciones que se requieran durante su ejecución;
- Proponer al Consejo la organización interna del Fondo y sus modificaciones;
- Informar periódicamente al Consejo acerca de la marcha del Fondo y del cumplimiento de sus acuerdos e instrucciones;
- Contratar personal, asignarle funciones y poner término a sus servicios, de acuerdo con las instrucciones que le imparta el Consejo;
- Contratar, previo acuerdo del Consejo, con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales, extranjeras o internacionales, estudios relacionados con la integración y desarrollo de las personas con discapacidad;
- Adquirir, enajenar, gravar y administrar toda clase de bienes y ejecutar o celebrar cualquier acto o contrato tendiente directa o indirectamente al cumplimiento del objeto y funciones del Fondo, sujetándose a los acuerdos e instrucciones del Consejo;
- Conferir poder a abogados habilitados para el ejercicio de la profesión y delegarles las facultades de ambos incisos del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil;
- Delegar parte de sus funciones en otros trabajadores del Fondo, y
- En general, ejercer las demás facultades que sean necesarias para la buena marcha del Fondo.