Su objetivo es reunir y mantener los antecedentes de las personas con discapacidad, y de las personas naturales o jurídicas que se desempeñen o se relacionen con ellas. Actualmente depende del Servicio de Registro Civil e Identificación, más información en www.registrocivil.cl
- Inscribir a las personas con discapacidad que lo soliciten, y que acompañen el certificado emitido por la respectiva Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
- Inscribir a las personas naturales o jurídicas y a las organizaciones de rehabilitación, productivas, educativas, de capacitación, de beneficencia, gremiales, sindicales y, en general, a todas las personas que se desempeñen o relacionen con personas con discapacidad.
- Registrar las sanciones por infracciones a la Ley 19.284 cometidas por las personas señaladas en el punto anterior
- Remitir la información que sea requerida por organismos públicos
- Otorgar credenciales de inscripción y los certificados que determine el reglamento
- Cancelar la inscripción de las personas señaladas en el primer y segundo punto, cuando así lo requiera el Ministerio de Planificación y Cooperación o la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
(Fuente: www.registrocivil.cl)
Paso 1
Para iniciar el trámite de inscripción, la persona con discapacidad o tutor debe dirigirse al COMPIN o bien al consultorio de la comuna.
Paso 2
En el COMPIN o consultorio se retira el formulario de Solicitud de Evaluación de la Discapacidad.
Paso 3
La persona solicita al médico tratante completar y firmar la Solicitud de Evaluación de la Discapacidad.
Paso 4
Se presentan los documentos en la Admisión de la COMPIN.
Paso 5
Compin se reúne con médico especialista y la Comisión para evaluar el caso de la persona.
Paso 6
Finalmente, COMPIN certifica el grado de discapacidad de la persona y envía el certificado al Registro Civil.
Paso 7
COMPIN entrega al solicitante copia de los antecedentes enviados al Registro Civil.
Paso 8
El Registro Civil inscribe a la persona en el Registro Nacional de la Discapacidad.
Paso 9
La persona con discapacidad recibe una credencial o carné de discapacidad.